Se considera destacable el fomento de la movilidad eléctrica y a la descarbonización del sector del transporte con el fin último de lograr los objetivos de emisión de gases fijados en los Acuerdos internacionales.
¿En qué consiste la ayuda?
Línea 1. Adquisición de vehículos eléctricos 'enchufables' y de pila de combustible.
Línea 2. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Respecto a los límites, para particulares el importe máximo será de 5.000 euros, para empresas, administración y comunidades de propietarios el máximo se fija en 800.000 euros por expediente y en el caso de autónomos el importe máximo será de 200.000 euros.
¿Quién puede solicitarla?
1 - Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
2 - Las personas físicas mayores de edad
3 - Las comunidades de propietarios, con domicilio en la Comunidad de Cataluña.
4 - Las personas jurídicas (empresas) constituidas en España
5 - Las entidades locales del sector público
¿Dónde se solicita?
https://icaen.gencat.cat/es/energia/ajuts/mobilitat/pla-moves-iii/
Plazo de solicitud
Hasta el 31/12/2024
MÁS INFORMACIÓN: https://aeball.fandit.es/subvenciones/detalles-subvencion/subvenciones-del-programa-de-incentivos-a-la-movilidad-electrica-programa-moves-iii