AEBALL/UPMBALL ofrece un nuevo servicio de tramitación de la exención en el impuesto especial sobre la electricidad
El Noticiero Empresarial
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14/04/2015
AEBALL/UPMBALL ha puesto en marcha un nuevo servicio de tramitación de la exención en el impuesto especial sobre la electricidad ofreciendo ayuda para tramitar la reducción del 85% en el Impuesto sobre la Electricidad, recientemente aplicable a más actividades industriales.
Según la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, en su artículo tercero: modificación de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de Impuestos Especiales, da una nueva redacción al artículo 98, que establece una ampliación de la reducción del 85% de la base imponible del Impuesto Especial de la Electricidad.
La base liquidable, en el artículo 98, será el resultado de practicar, sobre la base imponible una reducción del 85 por ciento, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones que reglamentariamente se establezcan, sobre la cantidad de energía eléctrica que se destine a alguno de los siguientes usos; reducción química y procesos electrolíticos, mineralógicos y metalúrgicos, actividades industriales cuya electricidad consumida represente más del 50 por ciento del coste de un producto, riegos agrícolas y actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5 por ciento del valor de la producción.
Desde AEBALL/UPMBALL se ofrece asesoría gratuita sobre el tema y un precio especial para la tramitación de la exención.
Para más información:
neus@aeball.net